domingo, 17 de mayo de 2015

CONTRATO LABORAL


Un contrato laboral, es un acuerdo entre una (1) o varias personas, con el de lograr objetivos y/o proyectos. Es aquel por el cual una persona natural, presta sus servicios a otra persona natural o jurídica.








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La persona contratada, presta sus servicios en continua subordinación y dependencia, a cambio de una remuneración o salario.






La subordinación

Es quizás el elemento mas importante del contrato de trabajo, entendida esta la obligación que tiene el trabajador de seguir las ordenes e instrucciones del empleador.
Es de aclarar que la subordinación nunca es absoluta, debe ser razonable y debe en todo caso respetar los derechos mínimos del trabajador como lo es su dignidad y su libertad. La subordinación no le da derecho al empleador a exigir al trabajador más de lo que razonablemente concierne a la naturaleza de la labor a desarrollar. Mucho menos puede el empleador obligar al trabajador a realizar o de dejar de realizar una actividad que vaya en contra de la ley o del mismo reglamento interno de la empresa.
Aunque la subordinación significa que el empleado este a disposición de su empleador, y este tiene facultades para disponer de el según las necesidades de la empresa, que bien pueden significar un cambio de objeto del contrato, el lugar de ejecución del contrato, la forma de remuneración, etc, no puede el empleador en todo caso desmejorar las condiciones del trabajador.
Es de especial cuidado lo relacionado con el lugar de trabajo. En todo contrato de trabajo se específica en que lugar geográfico se han de desarrollar las actividades propias del contrato de trabajo, y aunque el empleador puede cambiar unilateralmente esta ubicación, no puede en ningún momento desmejorar la situación del trabajador, lo que significa esto, que en la eventualidad que el empleado requiera ser trasladado por necesidades de la empresa, esta debe garantizarle unas condiciones que no menoscaben ni afecten la situación del trabajador y de su familia, como por ejemplo viáticos, auxilio de vivienda, educación etc, si algunos de estos aspectos resultan afectado por motivo del traslado. 
Remuneración o Salario


Es un derecho del trabajador y una obligación ineludible del empleador de brindar una contra prestación económica por la actividad que el empleado desarrolla. La remuneración o Salario puede ser en efectivo o en especie, caso en el cual el Salario en especie no puede superar el 50% del total del Salario, y tratándose del Salario mínimo, máximo se puede pagar en especie hasta un 30%.
La remuneración denominada Salario, puede pagarse en periodos diarios, semanales, quincenales y como máximo mensuales.
En Colombia existe un Salario mínimo que se debe pagar a un trabajador. Ningún trabajador puede ganar menos de un Salario mínimo, a excepción de quienes trabajan medio tiempo o menos, caso en el cual, lo relacionado con seguridad social y prestaciones sociales, se deben liquidar sobre una base que no puede ser inferior al Salario mínimo, aun en la realidad el empleado solo perciba por concepto de sueldo o Salario la mitad del mínimo.

Los contratos según la forma, pueden ser verbales o escritos, según la duración pueden ser a término 
fijo - inferior a un año - indefinido - de obra - ocasional o transitorio - especiales.






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CONTRATO ESCRITO






















sábado, 16 de mayo de 2015

ORIGEN DE LA LEGISLACIÓN LABORAL

Con la llegada de los Conquistadores a nuestras tierras, se cambiaron las costumbres de los indígenas, éstos antes se dedicaban a la caza, a la pesca y a la agricultura, las órdenes o la manera de trabajar, eran impartidas por el Cacique de la tribu, sin embargo los Españoles los obligaron a trabajar para ellos en las minas y poder explotarlas hasta conseguir grandes riquezas.


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En los tiempos antiguos, se consideraba el trabajo como una pena, la esclavitud era la única forma de obligar a las personas a trabajar, las condiciones de los indígenas y de los negros que traían de África, iban en contra de los derechos de los trabajadores, lo importante era el resultado final, sin tener en cuenta que muchos de ellos morían de hambre - deshidratación - suicidios y castigos ejemplares,  el racismo se proyectaba como la mejor mano de obra gratuita.


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En nuestro país, la abolición de la esclavitud sólo llego hasta 1852, siendo José Hilario López el presidente del  República, en ese momento empiezan a surgir leyes y derechos para proteger a los trabajadores, como el Código Sustantivo del Trabajo que no es más que un conjunto de procedimientos legales que reglamentan las relaciones individuales que surgen entre el trabajador y el empleador, buscando un equilibrio entre las dos partes.






Establece las formas de contratación, el concepto de salario y sus modalidades, los derechos y deberes de los trabajadores y de los empleadores, las prestaciones sociales, la libertad de asociación.









Con el pasar del tiempo se fueron creando más oportunidades y garantías para las personas que laboraran, los magistrados con cierta edad tendrían una pensión por jubilación, los gastos por accidentes laborales correrían por parte del Estado.

Luego, cada año se iban surgiendo nuevas leyes que amparaban al gremio de los trabajadores, en 1938 se creó el Ministerio de Trabajo, en 1946 el Seguro Social que permitía a los empleados y a sus familias tener acceso a la salud.

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Con las nuevas leyes los trabajadores pudieron hacer valer algunos derechos que fueron creados en el CST, en éste hay 3 aspectos importantes, el derecho individual de trabajo, el derecho colectivo y el sistema de seguridad social integral.


El primero derecho individual de trabajo, trata de las obligaciones y derechos que tenemos los empleados y a su vez los derechos y obligaciones que tienen los empleadores, nosotros debemos laborar en el lugar y en función de para lo que fuimos contratados, debemos obedecer las órdenes y cumplir lo pactado en el contrato laboral y tenemos derecho a que nos cumplan con lo acordado, el salario, el descanso, las prestaciones sociales, etc.




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El derecho colectivo es el que cobija a las personas que hacen parte de organizaciones sindicales, se  pueden presentar a los empleadores pliegos de peticiones, para obtener mejores condicionales laborales y garantías para cada una de las personas que tiene participación en el sindicato y porque no para los demás empleados de la organización.